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El Ministerio de Justicia “aclara” la competencia nacional sobre el acceso ilegítimo

En una resolución un tanto extraña (Res. MJ 1775 del 2008), -ya que no se espera que una dependencia del PEN señale qué juez es competente,- se dictó una instrucción donde se pide a la PFA y demas fuerzas que solo escuchen a los jueces nacionales en casso del art. 153 bis del CP (el delito de acceso ilegítimo a sistemas informáticos, que no fue traspasado a la justicia contravencional de la C.A.B.A.)… Los comentarios de lectores del blog son bienvenidos … en especial les pido que me aclaren el futuro que le espera a este delito si logra superar las contiendas de competencia y no prescribir en su exiguo plazo legal antes de que se encuentre un juez competente …

Nota en infobae

Infobae saco una nota sobre el email corporativo y el delito de violación de correo electrónico.

Jornadas del 22 de julio

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Se publicó la ley de delitos informáticos en el Boletín Oficial

Hoy se publicó en el BO la ley de delitos informáticos. Este es el texto tomado del sitio de Internet del Boletín Oficial en formato PDF.

Argentina criminalises computer crime

Published 8 July 2008 in LatinLawyer.com.ar

 Argentina has introduced a new law to tackle computer crime as part of its tightened data protection regime. The law, which came into force last week, criminalises illegal access to computer systems, computer fraud and damage to information and software, as well as disseminating computer viruses. Pablo Palazzi, a data protection and IP lawyer at Allende & Brea in Buenos Aires, was involved in the drafting of the law in the Senate, which followed a three-year legislative debate. He explains the new law also makes it illegal to open, access or publish an email or a document without authorisation of the sender. “This is very important for the protection of privacy in electronic communications,” he says. “The implications for businesses are also clear: companies must carefully revise their privacy policies to be sure they are entitled to access email accounts and monitor web surfing habits of their employees.”

Palazzi feels the law is a positive step: “It covers most of the crimes set out in international law regarding computer crimes, such as those lain out in the Council of Europe’s Cybercrime Convention. However, we have yet to enact a new copyright law to comply with the World Intellectual Property Organisation’s Copyright Treaty, and legislate digital rights management and technologies, but that is another pending issue.”

Palazzi considers Argentina to be ahead of the pack for data protection in Latin America. “Argentina is the only country which is recognised by the EU as having adequate data protection policies. It is a kind of safe haven for sending company information, especially for Spanish companies. It is also for this reason a clear investment advantage.” Palazzi moved to Allende & Brea from Cabanellas, Etchebarne, Kelly & Dell’Oro Maini Abogados on 1 July. AVS

Se acaba de convertir en ley el proyecto de delitos informáticos

Hace cinco minutos la cámara de Diputados acaba de convertir en ley con 172 votos a favor y ninguno en contra el proyecto de delitos informáticos (PDF con texto final). Para ver un texto completo ir al final de este post, también se puede ver mi post anterior en este blog con un informe de la materia. Finalmente luego de muchos años se reforma el Código Penal en materia de delitos informáticos. En concreto se legislan los siguientes delitos:

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Proyecto para derogar la ley 25873

Diario Judicial informa que se presentó un proyecto para derogar la ley 25873, norma que obliga a las empresas de telecomunicaciones a registrar el tráfico de los usuarios, electrónico y telefónico, por diez años. El proyecto de ley presentado por diputados de la UCR y Coalición Cívica busca derogar la ley 25.873, que el Ejecutivo suspendió mediante un decreto en el 2005 y que fue declarado inconstitucional por varios tribunales.

FAQ sobre la nueva ley de delitos informáticos

1. La ley ya está vigente?

No, entra en vigencia a los ocho días de publicación en el Boletín Oficial, lo que aun no tuvo lugar.

2. Tiene que ser reglamentada por algún organismo?

No, las leyes penales no se reglamentan.

3. Se aplica retroactivamente?

No, la ley penal no se puede aplicar retroactivamente, por lo tanto los hechos cometidos antes de su entrada en vigencia (ver preg. 1) no se juzgan con la nueva ley.

4. Donde puedo ver el texto de la ley?

Ver texto final aprobado en este post.

5. Si el delito se comete en Internet se aplica esta norma?

El art. 1 del Código Penal dice que se aplica a “delitos cometidos o cuyos efectos deban producirse en el territorio de la Nación Argentina, o en los lugares sometidos a su jurisdicción”. Aplicando esto a Internet, es muy difícil juzgar cuando será de aplicación, pero si la conducta tiene lugar en Argentina, o si produce efectos en nuestro país puede aplicarse esta reforma.

Pablo Palazzi

Actos de denigración del competidor y delito de competencia desleal

La periodista Celeste Danon comenta en Infobae el caso Coca Cola (Dasani) que fue un caso penal sobre competencia desleal y sus repercusiones en las campañas de marketing. Una empresa realizó una campaña de marketing viral con un email falso sobre los problemas que tendría el agua saborizada Dasani. La querella de Coca Cola apunta a desentrañar los autores de esto hecho a través del delito de competencia desleal.

Por fin un fallo serio que se pone las pilas con un tema importante… (lástima que solo tenga pena de multa)… Consejo para legisladores argentinos: leer la ley española de competencia desleal y adaptarla a nuestro medio…

Celeste Danon había escrito con anterioridad una excelente nota en la sección Enfoques del diario La Nación sobre la venta de bases de datos personales…

Avanza el proyecto de ley de delitos informáticos

UPDATE: Este miercoles 7/5/2008 no se votó pero por lo menos se puso en una lista prioritaria. Falta poco… tal vez la primera semana de junio pese a que algunos medios por error ya la dan por aprobada a fines de mayo!!!

En 22/4/2008 se llevó a cabo reunión conjunta entre las comisiones de Comunicaciones e Informática y de Legislación Penal, de la Cámara de Diputados de la Nación. Se analizo el proyecto de delitos informáticos con media sanción del Senado y se decidió aprobarlo.

En concreto el proyecto penaliza la pedofilia a través de Internet, la violación a la privacidad en sus mas diversas formas, la interceptación de correo electrónico, el daño informático, la estafa informática, la fabricación y distribución de virus, la interrupción de comunicaciones (incluyendo los ataques tipo DoS), la alteración de pruebas en soportes informáticos y las falsedades digitales. Es mas que esperado teniendo en cuenta que el código penal data de 1921!!!!

Aquí encontrarán un breve informe mío sobre el proyecto (PDF), que es válido para la versión final de la ley porque ésta no tendrá cambios aparentemente. A fines de mayo entonces habrá ley de delitos informáticos en la República Argentina. Vaya un agradecimiento para los numerosos congresistas, sus asesores, expertos, académicos, penalistas, empresas, y organizaciones que apoyaron el proyecto y su trámite.

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