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Se publicó la ley de delitos informáticos en el Boletín Oficial

Hoy se publicó en el BO la ley de delitos informáticos. Este es el texto tomado del sitio de Internet del Boletín Oficial en formato PDF.

Se acaba de convertir en ley el proyecto de delitos informáticos

Hace cinco minutos la cámara de Diputados acaba de convertir en ley con 172 votos a favor y ninguno en contra el proyecto de delitos informáticos (PDF con texto final). Para ver un texto completo ir al final de este post, también se puede ver mi post anterior en este blog con un informe de la materia. Finalmente luego de muchos años se reforma el Código Penal en materia de delitos informáticos. En concreto se legislan los siguientes delitos:

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FAQ sobre la nueva ley de delitos informáticos

1. La ley ya está vigente?

No, entra en vigencia a los ocho días de publicación en el Boletín Oficial, lo que aun no tuvo lugar.

2. Tiene que ser reglamentada por algún organismo?

No, las leyes penales no se reglamentan.

3. Se aplica retroactivamente?

No, la ley penal no se puede aplicar retroactivamente, por lo tanto los hechos cometidos antes de su entrada en vigencia (ver preg. 1) no se juzgan con la nueva ley.

4. Donde puedo ver el texto de la ley?

Ver texto final aprobado en este post.

5. Si el delito se comete en Internet se aplica esta norma?

El art. 1 del Código Penal dice que se aplica a “delitos cometidos o cuyos efectos deban producirse en el territorio de la Nación Argentina, o en los lugares sometidos a su jurisdicción”. Aplicando esto a Internet, es muy difícil juzgar cuando será de aplicación, pero si la conducta tiene lugar en Argentina, o si produce efectos en nuestro país puede aplicarse esta reforma.

Pablo Palazzi