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Fallo del Tribunal Supremo de España sobre prueba digital

El Tribunal Supremo de España, Sala en lo Penal, declaró la validez de los rastreos informáticos realizados en la red por la policía judicial -tendientes a perseguir la difusión de pornografía infantil-, con fundamento en que no se precisa autorización judicial para conseguir lo que es público y el propio usuario de la red es quien lo ha introducido en la misma, ya que la huella de entrada queda registrada siempre y ello lo sabe el usuario. Sí es necesaria autorización judicial para desvelar la identidad de la terminal, teléfono o titular del contrato de un determinado IP (”Internet Protocols”), en salvaguarda del derecho a la intimidad personal.

Fallo español sostiene inerpretación restrictiva del fin de lucro en copia obras intelectuales (texto completo del fallo)

El fallo dictado por el Tribunal de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria en febrero de 2008 sostiene ua interpretación restrictiva respecto a la copia de obras intelectuales. El imputado enviaba por internet a los clientes que lo contactaban las copias pero fue absuelto por la falta de fin de lucro que exige el art. 270 del CP español, pero deja abierta la vía al ilícito civil.

El siguiente es el texto del fallo

En la Ciudad de Santander, a dieciocho de febrero de dos mil ocho.

Este Tribunal de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación la causa núm. 362 de 2005 del Juzgado de lo Penal núm. Tres de Santander, Rollo de Sala 15 de 2008, seguida por delito contra la propiedad intelectual contra *JOSE MANUEL*representado por la procuradora Sra. Diez Garrido y defendido por el letrado don Luis Revenga Sánchez. Han sido partes apelantes en éste recurso los acusadores particulares ASOCIACION FONOGRAFICA Y VIDEOGRAFICA ESPAÑOLA (AFYVE), representada por la procuradora Sra. Echevarría Obregón y defendida por la letrada doña Carmen Sánchez Moran, y COLUMBIA TRISTAR HOME ENTERTAINMET Y CIA S.R.C., THE WALT DISNEY COMPNY IBERIA S.L., y la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE DISTRIBUIDORES Y EDITORES DE SOFTARE DE ENTRENTENIMIENTO (ADESE), que actúa por sí y en representación de otras mercantiles, representadas todas ellas por la procuradora Sra. Torralba Quintana y defendidas por el letrado Sr. Martínez García. También es parte apelante el acusado.
El Ministerio Fiscal es parte apelada.

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Nuevo proyecto de ley en España

Marcos SALT me hizo llegar el proyecto de ley orgánica que está en trámite en el Congreso de los diputados en España (PDF, publicado en el BOE del 15 de enero de 2007) que vale la pena leer para todos los interesados en materia de delitos informáticos. Este proyecto va a introducir, entre otras, algunas modificaciones muy importantes en los delitos informáticos previstos en el Código Penal español. Según sus comentarios, parece que España ha querido tomar como modelo no tanto el Convenio del Cibercrimen sino la Decisión Marco n. 2005/222/ de la Unión Europea relativa a los ataques contra los sistemas de información (PDF).

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