Taringa y Cuevana en debate: son lo mismo y sus creadores merecen el mismo destino?

Una nota de mi amigo Eduardo Bertoni (CELE) en La Nación de ayer critica la decisión judicial dictada sobre el caso Taringa…

Por otra parte hoy en La Nacion se publicó una carta de lectores muy interesante que transcribo a continuación pues concuerdo 100% con las conclsiones de sus autores… antes una pregunta que me queda picando, view ¿Cuevana y Taringa, look son lo mismo? ¿Sus creadores terminarán igual?

 

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La ley SINDE aun sin reglamentar

Según una nota en el Diario el Pais, opisthorchiasis el Gobierno español saliente no desarrollará el reglamento de la ley Sinde, que permitiría el cierre de páginas web que sirvan sin autorización contenidos sujetos a derechos de autor. Así de tajante se ha mostrado un portavoz del Consejo de Ministros sobre el futuro de la norma antidescargas, una de las más polémicas de la historia reciente. La patata caliente queda por tanto servida en el plato del nuevo gobierno del Partido Popular. A nadie se le escapa, y mucho menos a los miembros del PP que están pilotando la transición de poderes, que este, un proyecto legislativo que provoca un fuerte rechazo popular, sabrá a regalo de bienvenida envenenado al Ejecutivo de Mariano Rajoy.

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Novedades cibercrime enero-febrero 2011

Las últimas noticias sobre delitos informaticos:

Cada vez es mas facil acceder a una red wifi…hay utilitarios gratics que pueden por ejemplo capturar las cookies de una sesion de Facebook (ver por ejemplo el sitio del programa Firesheep). Obviamente uno se pregunta onde queda el art. 153 bis del Código Penal frente a estas situaciones en las que cualquiera puede entrar al perfil de un usuario en Faceboo , youth health Twitter, patient Amazon, etc…

Requisa personal en discos rigidos, nuevos problemas legales.

– Se consiguen códigos de tarjeta de crédito por solo dos dólares.

– Arrestan a dos personas por la falla de seguridad del Ipad. Las dos personas habían obtenido y distribuido (mediante su difusión en Internet) los correos electronicos de 114,000 usuarios de Ipad, a las cuales accedieron en junio de 2010. El problema fue que había varias direcciones de funcionarios del gobierno, incluyendo la casa blanca, la FCC, y del ejército. La investigación federal se lleva a cabo desde Newark porque allí está la división especializada en delitos informáticos. La revelación la hizo el Goatse Security Group, que dijo que habría libremente a los datos.

– otro fallo español: compartir enlaces no es delito...

– oficinas del gobierno de Canadá fuero víctimas de un ciberataque, sospenchan de hacker chinos.

– la policia italiana usa los logs de las busquedas de Google para rastrear los últimos detalles incluyendo busquedas sobre envenenamiento de las mellizas suizas.

– ALT1040 publica una guía histórica del Tratado ACTA.

– La revista WIRED del mes de Febrero 2011 saca un especial sobre el crimen organizado en Internet. Parece que hay una ciudad en Rumania que es hackerville..

Hackearon PlantyOfFish…/ Entrevista a ChRusso… (hay audio interesante en castellano…)

Sony obtiene cautelar contra soft que anula su DRM

Según El Pais, opisthorchiasis el juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona ha decretado una medida cautelar por la que se prohíbe la distribución y venta del PSJailbreak, pills dispositivo USB que permite jugar en la consola PlayStation 3 con copias no autorizadas, pirateadas, o disfrutar de programas no reconocidos por la consola de Sony. Fuentes de la demanda han manifestado a este diario que la compañía «va a defender sus derechos por los medios legales a su alcance», pero no han querido dar más detalles de la demanda. De hecho, España no es el primer país donde Sony toma iniciativas judiciales para frenar la distribución de este dispositivo. En este sitio se encuentra un listado de fallos españoles sobre el mismo tema.

Jornadas San Andrés y La Ley sobre Derecho del consumo

La Universidad de San Andres y la Editorial La Ley están ofreciendo conjunamente una serie de cursos de actualización en materia de contratos entre empresas, somnology derecho laboral y defensa del consumidor con profesores de la Universidad de San Andrés.

Me tocará hablar el 31 de agosto, visit 1430 horas, ampoule en el seminario de Defensa del consumidor sobre los aspectos relacionados con las nuevas tecnologías (bajar PDF con programa aqui). El seminario se desarrollará en el campus de San Andres en Victoria (ver tour virtual).

Los temas que voy a abordar serán los siguientes:

1. El consumidor y las nuevas tecnologias y el comercio electrónico. Breve introducción.Reducción de costos de búsqueda del consumidor. Ampliación del mercado. El efecto long tail.

2. Que tan actualizada esta la ley de defensa del consumidor en materia de Nuevas Tecnologias: A mi juicio está muy actualizada pues sus normas son muy neutras (tecnológicamente hablando) y se aplican a cualquier nueva tecnología. Pese a ello recientemente se presentó un proyecto de ley de reforma de la LDC para regular ciertas cuestiones de información al consumidor en internet, . El proyecto (ver web Diputados) repite mucho de lo que ya establece la normativa MERCOSUR sobre comercio electrónico y consumidores y si bien es una buena iniciativa debería fudirse con esa normativa MERCOSUR que ya está vigente en Argentina.

3. Términos y condiciones de uso usuales para sitios de Internet. Su problematica. Se aplica la LDC a los sitios de internet? La respuesta es sí segun el caso Deautos.com v. CABA (CNCont Adm CABA, 2004) Qué validez tienen los TOS? Como se hace para contratar válidamente online? Validez de los contratos click & wrap y browsewrap. Consentimiento electrónico.  Los TyC son contratos de adhesion. Son mas que contratos de adhesion (imposibilidad de añadir clausulas manuscritas). Jurisprudencia comparada de Estados Unidos que ha aceptado este tipo de contratación. Firma digital y derechos del consumidor.

4. Jurisprudencia en materia de comercio electrónico: el caso Deautos.com.ar

5. Productos digitales y protección de la propiedad intelectual. DRM y consumidores. Portablidad de contenidos y privacidad. El Caso BMG Sony Rootkit. DvDs. Medidas de protección.

6. Protecciones tecnologicas del software y derechos del consumidor. Self Help y sus limites. EL csao del Y2K. El caso del jailbraiking del Iphone. El derecho a la adaptación de la tecnología.  Modelos de negocios vs. conveniencia del consumidor. Diferentes formatos y estándares de la indsutria. El caso Itunes y la compatibilidad de archivos.

7. Daños provocados por el software. Obligaciones de resultado. Vicios ocultos. Inicio del plazo de la garantía. Caso del virus en revista informática (fallo francés).

8. Normativa comparada sobre derechos del consumidor: portablidad numerica. El caso argentino y el fallo de la camara de apelaciones contencioso administrativo federal en el caso «Unión de Usuarios y Consumidores v. Secretaria de Comunicaciones» (apelado en la CSJN). Proyecto de ley sobre el tema. Resolucion 98/2010 de la SECOM sobre portabilidad numerica.

9.- Protección de consumidores y usuarios contra contenido nocivo. Robo de identidad y hacking online (phishing de usuarois bancarios). Caso de la Cámara comercial. Ofertas no solicitadas como invasión a la privacidad. Cloud computing. El caso del spam. Caso «Tanus v. Cosa». El registro no llame de la CABA. Su reciente implementación. Ofertas no solicitadas como lesión al derecho a contratar: las opciones negativas (art. 35 LDC) y el caso Cablevision. Los litigos individuales y el settlement de la acción colectiva (testeando los límetes al orden público).

Competencia segun el «origen» de la direccion IP

Un fallo mas de la Corte Suprema sobre competencia en Internet (CSJN, look 16/2/2010, caso «Eslaiman, Alicia s/denuncia»). Pero no es un fallo común. Es de los primeros en sostener la competencia provincial en un tema de internet. Alguien creó una cuenta de correo electrónico desde la cual ofreció si permiso del titular del derecho de autor una colección de imagenes, llamada pixtal collection. Es un claro caso de reproducción no autorizada de obras intelectuales, o por lo menos de oferta de distribución de la misma. La pelea (por no intervenir en el caso) era entre un juez de la capital y uno provincial.

Finalmente la Corte entendió que:

«como la dirección de IP desde la cual se había creado el correo a través del cual se intentó ofrecer las obras se encuentra ubicada en jurisdicción provincial, corresponde a la justicia local intervenir en la causa».

El fallo me sorprende, primero porque como dije se deja de lado la tendencia de que todo lo relacionado con Internet es federal. 10 puntos por eso. Pero en segundo lugar, la Corte habla de una dirección IP en jurisdicción local: me pregunto ¿cuándo habrá direcciones IP en jurisdicciones federales? Y cuando serán provincianas? Alguno vió una dirección de IP con tonada cordobesa o salteña…? La ubicuidad de Internet permite a cualquier persona crear una cuenta de correo, un blog, un archivo y contectarse desde cualquier lugar del planeta… las direcciones de IP cambian en segundos, se reasignan, se spoofean.. en fin… poco convicente el argumento… En los tiempos de Internet me parece que no podemos seguir hablando aferrados a los conceptos de jurisdicción y competencia sujetos a criterios tradicionales. Necesitamos un gran cambio en ciertas concepciones jurídicas, y el tema de la jurisdicción es uno de ellos.

Debate sobre la ley SINDE

Este es un interesante video (23 minutos!) sobre la ley SINDE, viagra dosage punto de vista dado por gente de tecnología de los ISPs. La ley sigue la onda de HADOPI y la reciente ley inglesa de la que informamos hace unos dias en estos blog. Se analiza el conflicto entre los derechos de propiedad intelectual y los derechos de los internautas a acceder a internet.

Inglaterra aprueba ley antidescargas

Se suma así a los franceses que aprobaron la ley HADOPI (inicialmente cuestionada y luego aceptada por el consejo constitucional francés) y sigue la línea del proyecto que se intenta aprobar en España (conocida como Ley Sinde). La ley autoriza a cortar el acceso a internet a quienes sean detectados bajandousica de internet a travès de redes p2p.

Texto de la ley en el web site del Parlamento inglés.

Opiniones encontradas por el apuro en aprobar la ley.

Chile modifica su ley de derecho de autor y penaliza DRM

Un post de Pedro Less en el blog de Políticas públicas de Google comenta la reforma chilena de Derechos de autor y los beneficios que puede traer a Internet. Chile modificó su legislación, myocarditis y entre otras cosas interesantes incluyó:

– fair use

– inmunidad para intermediarios

– DRM y en especial normas penales para aquellos que desactivan DRM (ver art. 84).

Tratado internacional para combatir la pirateria online

Desde hace un tiempo se viene hablando de un tratado internacional para combatir la pirateria online. Esto se mantenía en secreto por las partes negociadoras, what is ed hasta que empezaron a aparecer documentos filtrados u obtenidos mediante pedidos de acceso a la información pública. Estos documentos se van subiendo online en blogs y sitios donde es posible enterarse del contenido de la propuesta para este tratado. La parte mas interesante es la relativa a internet que esta disponible en el blog del Profesor canadiense Michael Geist (cost com_docman/task, this site doc_download/gid,26/»>ver aquí). La presidencia sueca de la UE dio un reporte muy completo (ver aqui y el PDF disponible a la derecha en esa web).

El tratado propone entre otras cosas:

– sanciones penales para la pirateria online (en cierta forma ya lo exige el ADPIC TRIPS, habrá que ver la diferencia y las novedades);

– sistema gradual de respuesta, que implica desconectar a los usuarios que bajan musica u otra clase de archivos (al estilo de la ley francesa HADOPI);

– responsabilidad subsidiaria de intermediarios (Me pregunto a donde irá a parar las inmunidades obtenidas en la DMCA o en la Directiva Europa de Comercio electrónico…??)

Me surgen muchas preguntas: Como jugará este nuevo tratado con el Convenio del Ciberdelito del COE? Que pasara con los países que no lo implementen? De que sirve hoy en dia establecer semejantes protecciones si no lo suscriben todos los paises civilizados. Bastará con hostear la web fuera de los paises miembros para evitar su aplicación?

Links con materiales sobre el tratado:

– Washington Post:  nota escrita por Cecilia Kang.

– Wikipedia: http://en.wikipedia.org/wiki/Anti-Counterfeiting_Trade_Agreement

– blog de M. Gesit: http://www.michaelgeist.ca/content/view/4516/125/

– Mediafire: http://www.mediafire.com/?tkxnwfyyhyy

– Piratebay: texto borrador del tratado?

ACTA Internet Chapter info

Intenso debate en España sobre la ley antidescargas

Aun ni siquiera esta listo el anteproyecto de la ley antidescargas pero ya se debate intensamente sobre la corrección o no de la la propuesta de ley del Ministerio de Cultura español que plantea cerrar webs ilegales de descargas y dotar de facultades de pedir datos de IP a una comisión administrativa. Esta tendencia sigue la línea de la ley francesa HADOPI, ampoule que aun no pudo entrar en vigor por cuestionamientos de la CNIL. En fin parece que las normas legales (civiles o penales) no alcanzan para frenar la descargas ilegales de archivos (musicales, películas y hasta libros de derecho) por lo que la tendencia ahora sera frenar directamente la bajada mediante recursos tecnológicos y legales.

Seminario Universidad de San Andrés sobre derecho de los bucadores y la ley de delitos informáticos

adiposity ‘sans-serif'»>El buy information pills ‘sans-serif'»>día 3 de noviembre de 2009 tuvo lugar en la Universidad de San Andrés un seminario sobre propiedad intelectual y nuevas tecnologías, auspiciado por la empresa Microsoft, la Asociación de Magistrados de la Justicia Nacional y la asociación de Fiscales.

El seminario tuvo por finalidad a explorar con reconocidos expositores los desafíos legales que enfrenta el Derecho de las nuevas tecnologías en tres paneles con temas bien diferenciados. El primer panel fue una mesa debate sobre responsabilidad civil por la difusión de la imagen y datos personales en buscadores de Internet. Los expositores fueron el Dr. Antonio Mille, el Dr. Carlos Petre y el Dr. Eduardo Bertoni. El panel fue moderado por el Dr. Pablo Palazzi, Director de la maestría en Derecho Empresario de la Universidad de San Andrés. El primer expositor Eduardo Bertoni, quien actualmente es director del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la información de la Universidad de Palermo. El autor, que fue relator especial en la OEA sobre libertad de expresión, puso énfasis el acceso a la información en Internet, la jurisprudencia de la CIDH y el fundamento por el cual la información que los buscadores ponen a disposición de los usuarios está protegida constitucionalmente. Carlos Petre brindó un panorama judicial de estos casos comentando la tipología de los distintos supuestos y explicando los problemas que enfrente la Justicia para resolver los planteos de la tecnología. Finalmente fue Antonio Millé, autor de varios artículos interesantes sobre la materia, y profesor de las Cátedras Derechos Intelectuales y Derecho Informático en la Universidad Católica Argentina quien cerró este panel y comentó los desarrollos del derecho comparado en materia de responsabilidad de buscadores analizando la lógica detrás de un motor de búsqueda y los supuestos en los cuales no debería habérselo hecho responsable.

El segundo panel de debate trató el tema de los “La reforma del Código Penal y la nueva ley de delitos informáticos. Consejo de Europa. La prueba informática”. Los panelistas fueron los Dres. Ricardo Saenz (Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal,), Marcos Salt (especialista en derecho penal y representante y participante en las reuniones del ciberdelito del COE), y Gustavo Presman (Perito especialista en Informática Forense). El moderador fue el Dr. Carlos Reggiani ex secretario de la Comisión de Asuntos Penales del Senado, quien participó en la redacción de la ley 26.388 y guió a los expositores a lo largo de su debate. Todos los autores pusieron énfasis en que el problema actual es la necesidad de contar con reglas claras en materia de prueba informática. Se mencionaron asimismo las limitaciones constitucionales a la obtención de prueba y como juegan frente a las nuevas tecnologías y lo difuso del concepto de público y privado en internet. Se relato el caso “Halabi” de la Corte Suprema y la importancia de los datos de tráfico en materia de telecomunicaciones y la necesidad de contar con reformas en los códigos procesales penales para agilizar la investigación de los delitos informáticos.  Finalmente el seminario se cerró con una mesa debate sobre políticas legislativas sobre software y tecnología. El primer panelista fue el Dr. Jorge Vega Ilaceray, gerente de legales para Microsfot Argentina quien disertó sobre Un nuevo paradigma en propiedad intelectual: innovación abierta. En su charla el autor explicó un cambio de paradigma en la administración de propiedad intelectual por parte de las empresas. El cambio consiste en que antes la propiedad intelectual jugaba un papel limitativo en el acceso a los contenidos protegidos; en cambio hoy en día el paradigma ha cambiado y a través del Patent pooling y las licencias abiertas el conocimiento se comparte de otra manera.   Seguidamente el Dr. Guillermo Cabanellas disertó sobre Protección del Software por Derecho de autor y patentes, explicando los problemas que el Derecho de Autor ha tenido para encuadrar al software dentro de las normas tradicionales.

Finalmente Hernán Galperin expuso un trabajo realizado por el Centro de Tecnología y Sociedad de la Universidad de San Andrés, del cual él es Director, titulado Análisis del impacto económico y social del proyecto de ley de extensión de impuestos internos a productos tecnológicos. El análisis demuestra los problemas de crear impuestos sectoriales para la tecnología y el error de calificar como vienen suntuarios a la tecnología.   ***

Los programas p2p ¿deben contener filtros para respetar el derecho de autor?

En esta interesante nota publicada en el Diario El Pais de España -reproducida en La Nación de Argentina– se comenta el caso de Pablo Soto, pharm autor del programa p2p Blubster para bajar musica de la red. Pueden ver un video aqui.

A mi modo de ver el problema de ponerle límites a la tecnologia o de tratar de insertar filtros para que no encuentren contenido ilícito llevara a crear obstaculos al progreso tecnológico.

La ley Sarkozy no aprobó el test de constitucionalidad…

NOVEDAD: Parece que se reformaría le lay luego de la decisión del Consejo Constitucional.

Como comentamos en este blog, arthritis los franceses aprobaron una ley que permite dar de baja usuarios que están cometiendo infracciones a la ley de derecho de autor. Pues bien, viagra 40mg el Consejo Constitucional frances, medic acaba de decidir que varios articulos de esa ley son inconstitucionales.

Gracias a Saveria por el dato!